La demanda que busca tumbar la elección de De la Espriella
Cuota:
París, 18 de julio de 2026.
Luis Guillermo Pérez Casas es abogado, defensor de derechos humanos y exmagistrado del Consejo Nacional Electoral. A lo largo de su trayectoria ha ocupado cargos en organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos y ha participado en distintos debates sobre democracia e institucionalidad en Colombia.
Expuso para Bandalos una explicación clara y accesible sobre la demanda de nulidad electoral que presentó ante el Consejo de Estado contra la elección de Abelardo de la Espriella.
El objetivo de esta entrevista es brindarle la oportunidad de exponer directamente los fundamentos jurídicos de su acción, explicar en qué etapa se encuentra actualmente el proceso y cuáles podrían ser sus eventuales consecuencias para las instituciones del país.
Guylaine Roujol para Bandalos : Luis Guillermo Pérez, ¿Podría explicarnos cuáles son los fundamentos jurídicos de los argumentos de la demanda de nulidad electoral que usted presentó?
Luis Guillermo Pérez : El primer cargo se refiere al lenguaje violento utilizado por Abelardo de la Espriella durante la campaña. Desde julio de 2025 anunció que iba a «destripar a la izquierda» y «erradicar a la izquierda como un cáncer». Por esas declaraciones presenté una denuncia penal por apología del genocidio, mientras otros abogados lo denunciaron por instigación a delinquir, amenazas, hostigamiento por razones políticas y difamación.
La legislación colombiana permite anular una elección cuando el proceso electoral se desarrolla mediante violencia. El Consejo de Estado ha establecido que esa violencia puede ser física o psicológica. En este caso, considero que esos discursos sembraron odio y miedo e influyeron en el comportamiento de los electores.
Además, solicité una medida cautelar para impedir su posesión. Aunque la Constitución no establece que un discurso violento constituya una inhabilidad para ejercer la Presidencia, el Estado colombiano está obligado, por el derecho internacional, a prevenir los crímenes de lesa humanidad y el genocidio. Por ello sostengo que, aunque no exista una inhabilidad constitucional expresa, Abelardo de la Espriella no es constitucionalmente apto para ejercer la Presidencia conforme al bloque de constitucionalidad y a las obligaciones internacionales del Estado.
La Constitución obliga a todos los ciudadanos a promover la paz y defender los derechos humanos. Como abogado, también está obligado por su estatuto profesional a promover y defender esos derechos. En mi criterio, sus actuaciones contradicen esas obligaciones.
Recientemente volvió a presentarse como «el tigre» y a sus seguidores como «la manada», reiterando que «los tigres muerden». Considero que ese lenguaje constituye una incitación a la violencia.
También he señalado sus reiteradas manifestaciones de apoyo a Benjamín Netanyahu. Desde 2024 sostiene que Netanyahu ha actuado correctamente y afirmó que haría en Colombia «lo mismo que ha hecho Netanyahu contra sus enemigos». Asimismo, anunció el restablecimiento de relaciones con Israel y el retiro del apoyo colombiano a la demanda presentada por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia.
A mi juicio, esas declaraciones, sumadas al hecho de que Netanyahu tiene una orden internacional de captura por parte de la Corte Penal Internacional, representan un riesgo para el Estado social de derecho y para la protección de los derechos humanos en Colombia.
Todo esto se fundamenta en declaraciones públicas del propio Abelardo de la Espriella; no se trata de interpretaciones ni de conjeturas.
Bandalos : ¿Considera que este primer argumento podría ser suficiente?
Luis Guillermo Pérez: También estamos desarrollando un segundo cargo relacionado con su nacionalidad estadounidense.
La Constitución permite que un colombiano por nacimiento con otra nacionalidad sea presidente. Sin embargo, para adquirir la ciudadanía estadounidense se debe prestar juramento de lealtad exclusiva a Estados Unidos.
Desde 2023 Abelardo de la Espriella asumió ese compromiso. Al mismo tiempo, como presidente tendría que jurar defender la Constitución, la soberanía, la independencia nacional y la integridad territorial de Colombia. Considero que existe una incompatibilidad entre ambos compromisos.
Algunos jueces han sostenido que esto no constituye una inhabilidad porque la Constitución no lo prevé expresamente. Sin embargo, considero que la Constitución debe interpretarse de manera armónica.
El propio Abelardo de la Espriella ha dicho que es el primer presidente republicano de Colombia, ha manifestado su pertenencia y apoyo al Partido Republicano de Estados Unidos, ha señalado que financió campañas de ese partido y ha afirmado que Donald Trump contribuyó a su elección.
Desde mi punto de vista, el presidente de Colombia debe priorizar la defensa de la soberanía nacional y la integración latinoamericana. Sin embargo, él ha anunciado que dará prioridad a sus relaciones con Estados Unidos e Israel, lo que considero contrario a los principios constitucionales que orientan el ejercicio de la Presidencia.
Bandalos: Cuando un candidato presidencial no pertenece a un partido con personería jurídica debe presentar un número determinado de firmas para inscribir su candidatura. Abelardo de la Espriella entregó más de cuatro millones de firmas. ¿Qué cuestiona usted sobre ese proceso?
Luis Guillermo Pérez: Ese tema ya fue resuelto por la organización electoral, que consideró válidas las firmas necesarias para inscribir su candidatura. Sin embargo, presentó más de cinco millones de firmas y más de tres millones fueron invalidadas por ser falsas o irregulares.
Un volumen tan alto de firmas inválidas debía dar lugar a una investigación penal por fraude procesal. No estamos hablando de unos pocos errores, sino de más de tres millones de firmas rechazadas.
Bandalos : ¿Es decir, tenía suficientes firmas válidas, pero también hubo un fraude reconocido por la Registraduría cierto?
Luis Guillermo Pérez : La Registraduría invalidó más de tres millones de firmas y, aun así, permitió la inscripción de la candidatura. Considero que eso creó una imagen falsa de un respaldo ciudadano masivo.
Sin embargo, el cargo que estamos desarrollando ahora se refiere principalmente a las irregularidades del proceso electoral que permitieron declarar a Abelardo de la Espriella presidente electo.
Hemos encontrado que la Registraduría debilitó la trazabilidad digital de los formularios E-14. Esos formularios ya no conservan los metadatos ni la huella digital que permitían verificar su autenticidad. Eso facilita que la información pueda ser modificada sin dejar rastro.
También cuestionamos que no se haya realizado una verdadera auditoría forense del sistema electoral. El registrador afirmó que sí existió, pero CAPEL[1] no fue contratado para realizar ese tipo de auditoría. Además, el software de escrutinios continúa dependiendo de empresas privadas, pese a que desde 2018 existe una decisión judicial que ordena que esos sistemas estén bajo control directo del Estado.
La empresa Thomas Greg & Sons mantiene desde hace años una posición dominante en los contratos electorales, mientras que la multinacional Indra continúa administrando el software de escrutinios. Considero que eso limita la soberanía del Estado sobre el proceso electoral.
Estas preocupaciones no son nuevas. Cuando fui magistrado del Consejo Nacional Electoral ya advertía la necesidad de reformar profundamente la organización electoral y crear un tribunal verdaderamente independiente.
A mi juicio, las misiones internacionales de observación verifican principalmente que la jornada transcurra en calma y que los resultados coincidan entre el preconteo y el escrutinio, pero eso no permite detectar otros mecanismos de fraude.
También denunciamos casos de suplantación de votantes, mesas sin testigos electorales, obstáculos al trabajo de nuestros testigos y violaciones de las normas durante la jornada electoral.
Todos estos hechos constituyen, en nuestro criterio, distintas modalidades de fraude electoral previstas por el artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Bandalos: La primera demanda fue inadmitida por razones de forma. ¿Cuándo presentará la demanda corregida y qué espera que ocurra?
Luis Guillermo Pérez: Ya presentamos la subsanación y seguimos desarrollando los cargos relacionados con la nacionalidad estadounidense y con las irregularidades electorales.
Debo ser claro: no creemos que estas demandas prosperen porque consideramos que las altas cortes están hoy dominadas por sectores de derecha y extrema derecha.
Entonces, ¿por qué presentamos estas acciones? Porque queremos dejar constancia de la necesidad de transformar profundamente la justicia y el Estado colombiano. En el pasado, la Constitución de 1991 permitió construir una justicia reconocida por su defensa de los derechos humanos, pero, a nuestro juicio, esa institucionalidad se ha ido degradando.
Como defensor de derechos humanos considero que tengo la obligación de utilizar todos los mecanismos constitucionales y legales disponibles. Si la justicia no protege esos derechos, corresponderá finalmente al pueblo colombiano ejercer la soberanía que le reconoce la Constitución.
Bandalos : ¿Está usted planteando que la gente no reconozca al presidente electo y salga a las calles? ¿O estoy interpretando mal sus palabras?
Luis Guillermo Pérez: Yo no le reconozco ninguna legitimidad a Abelardo de la Espriella como presidente de Colombia y no se la reconoceré en ningún momento. Una cosa es que las formalidades legales permitan su elección y su posesión; otra distinta es la legitimidad.
Todos los ciudadanos tenemos el deber constitucional de proteger la democracia y defender los derechos humanos. No es una responsabilidad exclusiva de un grupo político.
El senador Iván Cepeda ha convocado a una resistencia civil. El presidente electo ha intentado equipararla con una rebelión, pero eso es falso. La resistencia civil es un derecho humano reconocido en una sociedad democrática y permite que la ciudadanía se organice y exprese pacíficamente su rechazo frente a decisiones que considera injustas.
Bandalos : ¿En qué consiste esa resistencia civil?
Luis Guillermo Pérez: Existen distintas formas de ejercerla. La primera es la movilización pacífica, como la convocada para el 20 de julio.
También puede expresarse mediante el rechazo a la presencia de la fuerza pública cuando esta cometa crímenes de guerra o de lesa humanidad. Un ejemplo es la experiencia de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, que durante años rechazó la presencia de cualquier actor armado en su territorio.
Otra posibilidad consiste en promover campañas de consumo responsable, dejando de comprar productos de empresas que, según se denuncia, apoyaron la campaña de Abelardo de la Espriella o presionaron a sus trabajadores para votar por él.
Asimismo, algunos ciudadanos pueden optar por no consumir productos estadounidenses o privilegiar el turismo dentro de Colombia.
En mi opinión, todas estas son formas de resistencia civil no violenta que, a largo plazo, pueden tener un efecto disuasorio frente a quienes promueven la violencia.
[1] El Centro de Asesoría y Promoción Electoral es un órgano sin ánimo de lucro que pertenece al Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) para prestar asesoría técnica electoral.
Guylaine Roujol
Reciente
Únete a Bandalos magazine